A este plan se pueden acoger:
• Vehículos nuevos matriculados a partir del 15 de junio de 2020
• Vehículos seminuevos, con titularidad previa de un Concesionario y matriculados en España a su nombre desde el 1 de Enero 2020.
Y que, adicionalmente, cumplan las siguientes premisas
- Las emisiones no superen los 120 g/km de CO2 (NEDC).
- El precio de venta máximo antes de impuestos (IVA o IGIC) deberá ser 35.000€ para vehículos de combustión , o 45.000€ en caso de vehículos BEV (100% eléctrico) y PHEV ( Híbrido Enchufable),o bien, si el solicitante es una persona con movilidad reducida.
- La eficiencia energética del modelo sea del tipo A o B, según la base de datos de IDAE.
- Acreditar la baja definitiva en circulación de un vehículo matriculado en España y que cumpla determinadas características.